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División de poderes y ciudadanía sustantiva
Web Master Martes, 30 de Diciembre de 2008 20:36
democraciaEl pasado 8 de de Septiembre, los dos grandes partidos (PP-PSOE) llegaron a un acuerdo
para la renovación del Consejo General del Poder Judicial, que es el órgano de gobierno de los jueces y tiene la misión de garantizar la independencia judicial de nuestro país. El acuerdo (en el que también están incluidos PNV y CIU, y apoyaran BNG y Coalición Canaria) desactiva una situación de excepción que se alargaba desde el primer gobierno de Zapatero debido a la intransigencia del PP para acometer su renovación. EL CGPJ fue conocido durante la primera legislatura de Zapatero por apoyar en muchas ocasiones los fuertes ataques que el PP dirigió a las actuaciones gubernativas del PSOE (Estatut, Negociación con ETA, Matrimonio homosexual...etc.).La división de poderes es un concepto acuñado por pensadores como Locke o Montesquieu, aunque sus orígenes se remontan al filósofo Aristóteles que diferenciaba en diferentes actividades de gobierno: legislación, ejecución y administración de la justicia. La división de poderes nace al calor de la aparición del liberalismo, teoría que rompía con las bases ideológicas del absolutismo y tejía lo que serian las democracias burguesas. Sus bases se configuran en la separación de las distintas tareas de gobierno en órganos independientes. El acuerdo alcanzado por PPPSOE podemos considerarlo como un ataque a las más elementales garantías democráticas de los ciudadanos de nuestro país. Y es que es difícil que no fuera así. Para la renovación de este órgano se impone el acuerdo de los partidos mayoritarios. La capacidad de control de la ciudadanía sobre la independencia judicial, sobre la división de poderes es nula. Se carece de mecanismos que impidan este tipo de atropellos. Mecanismos que permitan la participación constante de los ciudadanos en el quehacer politico. Este deslinde de lo expresado por nuestra constitución y lo que en la practica ocurre, es explicado por el sociólogo norteamericano James Petras en base a dos conceptos de ciudadanía, la ciudadanía formal, es decir los atributos legales otorgados mediante una Constitución al ciudadano y la ciudadanía sustantiva es decir a la capacidad de la gente de ejercitar su poder en el debate de las cuestiones políticas. Es justamente esa ciudadanía sustantiva la que se ve imposibilitada por la Constitución del 78 y el actual ordenamiento político del Estado. Se impide el control de lo que hacen nuestros políticos. De los atropellos que realizan contra las leyes y el sentido común. Y desactiva a sus supuestos controladores: el poder judicial. Impide de hecho la defensa de aquellos aspectos de progreso que hemos conquistado los pueblos de España en duras batallas y que involucionan progresivamente. Explica Petras: <
